Justicia La mayor condena para la ex Presidenta

La Constitución condena a prisión a la senadora

«La razón es que el delito que se le imputa es el más grave que contempla el Código Penal y porque además los fueros están previstos  para impedir condenas por opiniones o discursos de los legisladores, pero no por el de Traición a la Patria, pasible de la mayor pena que existe para funcionarios públicos» opinó el abogado penalista, Jorge Vitale.

Buenos Aires, 9 de diciembre.(caraycecaonline)El juez Claudio Bonadío con su fallo, dejó en manos del Senado la decisión de desaforar y permitir así la detención de Cristina de Kirchner, cuando en realidad pudo haber hecho detener y luego informarle al Senado de esa decisión.

«La razón es que el delito que se le imputa es el más grave que contempla el Código Penal y porque además los fueros están previstos  para impedir condenas por opiniones o discursos de los legisladores, pero no por el de Traición a la Patria, pasible de la mayor pena que existe para funcionarios públicos» opinó el abogado penalista, Jorge Vitale.

 Bonadio dictó el procesamiento con prisión preventiva de la actual senadora electa y  pidió por tal razón  al Senado que inicie el proceso de desafuero. Pero la  Constitución Nacional establece con claridad que la detención ya tendría que haber sido realizada. Veamos los Artículos constitucionales.
Art. 214. – Será reprimido con reclusión o prisión de diez a veinticinco años o reclusión o prisión perpetua y en uno u otro caso, inhabilitación absoluta perpetua, siempre que el hecho no se halle comprendido en otra disposición de este código, todo argentino o toda persona que deba obediencia a la Nación por razón de su empleo o función pública, que tomare las armas contra ésta, se uniere a sus enemigos o les prestare cualquier ayuda o socorro.
Art. 215. – Será reprimido con reclusión o prisión perpetua, el que cometiere el delito previsto en el artículo precedente, en los casos siguientes:
1º Si ejecutare un hecho dirigido a someter total o parcialmente la Nación al dominio extranjero o a menoscabar su independencia o integridad;
2º Si indujere o decidiere a una potencia extranjera a hacer la guerra contra la República.
Estos artículos son aplicables también por el Convenio con China, por el cual el Gobierno de los Kirchner entregó al país oriental por el término de medio siglo, territorio para la instalación de una Base Militar 

Todos estos delitos no son excarcelables porque  » La Constitución Nacional solo garantiza el derecho de opinión o discurso y no este tipo de delito punibles, para que sean conservados los fueros.
El Artículo 68  establece: «Ninguno de los miembros del Congreso puede ser acusado, interrogado judicialmente, ni molestado por las opiniones o discursos que emita desempeñando su mandato de legislador.
Artículo 69 Ningún senador o diputado, desde el día de su elección hasta el de su cese, puede ser arrestado; excepto el caso de ser sorprendido in fraganti en la ejecución de algún crimen que merezca pena de muerte, infamante, u otra aflictiva; de lo que se dará cuenta a la Cámara respectiva con la información sumaria del hecho.

La senadora Kirchner «hoy ya tendria que estar detenida por lo dispuesto en el art 319 del Código de Procedimiento Penal ,donde se fija fundadamente, cuando  el procesado tiene capacidad para eludir  la acción de la justicia o bien entorpecer las investigaciones. Ambas condiciones se dan en estos casos.

Esta causa había sido desestimada por el juez Daniel Rafecas por «inexistencia del delito». Pero el fiscal Gerardo Pollicita habilitó su reapertura ante un pedido de la DAIA. La investigación se reactivó después que el juez Bonadio le pidió a Rafecas que le envíe el expediente de la denuncia, ya que investiga en paralelo al ex canciller Héctor Timerman por «Traición a la Patria» .(www.caraycecaonline.com.ar)

Son varias las causas en la Justicia federal .
Asociación ilícita dedicada a la corrupción: procesada
El juez Julián Ercolini procesó a la ex mandataria por considerarla «prima facie» coautora penalmente responsable del delito de asociación ilícita en  concurso real con el de administración fraudulenta agravada por haberse  cometido en perjuicio de una administración pública. Además ordenó un embargo por $ 10.000 millones.
 
Se trata de la causa por el direccionamiento de obras públicas viales al grupo Austral. También procesó a los ex funcionarios Julio de Vido y José López y el empresario Lázaro Báez. Según detalla el escrito, a la ex presidenta se la acusa por haber «perjudicado los intereses confiados al violar su deber de administrar y cuidar fielmente los bienes del Estado nacional que estaban bajo la órbita de su responsabilidad, en función de su calidad de jefa de gobierno y responsable política de la administración general del país».
Venta de dólar futuro: procesada y elevada a Juicio Oral.
La causa es la que  más complica a la senadora. Está procesada  por el juez federal Claudio Bonadio, por la venta del dólar a futuro, en la que Cristina declaró en indagatoria en abril pasado y debió notificarse del procesamiento en julio. La investigación también apunta al ex jefe del Banco Central, Alejandro Vanoli; y el ex ministro de Economía, Axel Kicillof.
Según Bonadio, las operaciones de la venta de dólar a futuro implicaron la “administración infiel con perjuicio al Estado”.
Lavado de dinero: imputada
En el expediente que investiga el fiscal Guillermo Marijuan. Cristina Kirchner fue imputada luego del testimonio del valijero Leonardo Fariña, quien denunció  reveló  sobreprecios en la obra pública. En la causa también está involucrado Báez. El juez Sebastián Casanello está a cargo de esta investigación.
 El esquema se repite, y también se encuentran imputados varios ex funcionarios de la gestión K, como De Vido. La ex mandataria fue involucrada por Fariña como partícipe del presunto lavado de activos a través de la financiera SGI, conocida como La Rosadita.
Hotesur: Investigada
Esta causa comprende a la senadora y a su fallecido esposo por supuesto lavado de dinero. Allí se investiga la relación comercial con los empresarios  Báez y Cristóbal López , quienes habrían alquilado por sumas millonarias las habitaciones de los hoteles de la familia Kirchner, sin ocuparlas.
Los Sauces SA: Procesada
La  investigación es sobre  una de las sociedades que la familia Kirchner utilizó para realizar operaciones inmobiliarias con la empresa de Báez, Austral Construcciones. El expediente también es investigado por Bonadio.
Cristina es acusada de presunto enriquecimiento ilícito. La operatoria es considerada similar a la de Hotesur, y la sospecha es que los alquileres en verdad eran “sobornos” o “retornos” a los Kirchner por los negocios que les entregaron a Báez y López en los últimos años.
Además investigan irregularidades y contradicciones entre las declaraciones de la sociedad ante la AFIP y los datos asentados en documentos públicos. De hecho, ese fue el motivo por el cual La diputada Stolbizer denunció una posible  falsificación de documentos públicos.
Causa Nisman: Procesada, embargada y con pedido de prisión preventiva
El ex fiscal Alberto Nisman denunció a la ex Presidenta por «encubrimiento» en la causa que investiga el atentado a la sede de la AMIA. Recientemente, el fiscal ante la Cámara Federal Germán Moldes solicitó que se incorporen los delitos de «traición a la patria» y de «omisión funcional de perseguir delincuentes» a la denuncia.

 

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